Ministerio de Salud prohíbe vapear en lugares cerrados
El Ministro de Salud firmó la resolución que establece normativas para controlar la utilización de dispositivos utilizados para fumar. Menores de edad no podrán acceder a vapeadores.
El Ministerio de Salud con la intención de regular el uso de los vapeadores electrónicos y de este modo controlar el índice de tabaquismo en el país, estableció reglas para la comercialización y uso de estos dispositivos.
La cartera sanitaria afirma que los cigarrillos electrónicos, vapeadores, vaporeadores y cualquier Sistema Electrónico de Administración de Nicotina (SEAN) y Sistema Similar sin Nicotina (SSSN) constituyen posibles vías que conducen a la iniciación en el tabaquismo.
La resolución firmada por el ministro Julio Mazzoleni señala que queda prohibida la venta y distribución de los dispositivos y sustancias de los sistemas electrónicos SEAN/SSSN a los menores de 18 años de edad.
Tampoco está permitido fumar electrónicamente, vapear, vaporear o utilizar otro SEAN y SSSN en lugares cerrados, solamente en zonas abiertas.
Menciona además que los locales que importan, exportan, elaboran, distribuyen o comercializan dichos productos deberán estar habilitados por la Dirección Nacional de Vigilancia Sanitaria (DNVS). Estos artefactos también deben estar registrados en dicha dependencia.
“La venta de cigarrillos electrónicos, vapeador, vaporeador y cualquier otro SEAN/SSSN y sustancias utilizadas con los mismos deberá realizarse, exclusivamente, en lugares y puntos de venta de los establecimientos habilitados por la DNVS”, indica el documento.
Mire los detalles abajo:
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