Uruguay se prepara para aprobar su primera ley de eutanasia
Uruguay se dispone a votar este miércoles en el Senado el proyecto de ley Muerte Digna, que podría convertirlo en el primer país de América Latina en regular la eutanasia por vía legislativa. La norma cuenta con una mayoría progresista para su aprobación, un hito que lo diferenciaría de Colombia y Ecuador, naciones que despenalizaron la práctica mediante fallos de sus Cortes Constitucionales. La propuesta, similar a un texto estancado en 2020, obtuvo media sanción en la Cámara Baja en agosto pasado con 64 votos a favor y 29 en contra.
La historia de Pablo Salgueiro, diagnosticado con Esclerosis Lateral Amiotrófica (ELA) en 2017, resuena en este debate. La ELA, una enfermedad neurodegenerativa sin cura, ya había afectado a su abuelo y tío. Salgueiro, un profesor de arte, buscó tratamientos alternativos, pero la enfermedad avanzó, causando dificultades para mantenerse en pie, comer, respirar y hablar.
En febrero de 2020, con lúcidez, Salgueiro comunicó a su familia y médicos su deseo de morir. La respuesta del personal paliativo fue que la solicitud era ilegal. Su hija, Florencia Salgueiro, recuerda ese periodo como “una tortura”. Pablo Salgueiro murió el 19 de marzo de 2020, pocos días después del ingreso del proyecto inicial para despenalizar la eutanasia, que quedaría estancado en el Senado de aquel entonces.
El proyecto de ley actual, impulsado por el regreso al gobierno del Frente Amplio (FA), establece que pueden acogerse al derecho personas uruguayas o residentes mayores de edad y “psíquicamente aptas”. Deben estar en “la etapa terminal de una patología incurable e irreversible” o padecer “sufrimientos que le resulten insoportables” con un “grave y progresivo deterioro de su calidad de vida”.
El diputado del FA y médico neurólogo, Federico Preve, uno de los principales promotores, calificó el proyecto como “potente, profundo y sensato”. Subrayó su “potencia” al habilitar “un derecho humano a morir con dignidad” y ser “sensato” por basarse en legislaciones internacionales con más de 20 años de experiencia. El texto pone el poder de la decisión en el paciente, quien solicita la prestación por escrito y en persona ante el médico tratante.
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El proceso requiere la opinión coincidente de un segundo médico independiente o de una Junta Médica. En una segunda entrevista, el paciente, cuya voluntad es “siempre revocable”, expresa su última decisión ante dos testigos. El médico “procederá a cumplirla cuándo y dónde el solicitante lo decida”. Todos los prestadores del Sistema Nacional Integrado de Salud deberán ofrecer los servicios necesarios para el ejercicio de este derecho.
Voces como la de Florencia Salgueiro y Beatriz Gelós, otra paciente con ELA que necesita atención permanente, defienden activamente la ley. Gelós, de 71 años, cuyo andar se redujo a un susurro casi imperceptible, afirmó: “Lucho por el derecho de todos a elegir individualmente” cuando la ciencia no puede aliviar el sufrimiento. Por otro lado, el colectivo Prudencia Uruguay, mediante su portavoz Miguel Pastorino, critica que el proyecto “discrimina a los más vulnerables, es confuso y no da garantías”, y aboga por una concepción de derechos humanos con límites, donde la sociedad no descarte a la persona.
Fuente: El País
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