Rechazan venta anticipada de narcoestancia del Chaco
La Cámara de Apelación confirmó la resolución que rechazó la venta anticipada de la estancia Lucipar y de otro inmueble registrado a nombre de Eduardo Fernando de Oliveira. Ambos bienes están vinculados al presunto testaferro del brasileño Luis Carlos Da Rocha, conocido como Cabeza Branca. El Tribunal concluyó que la Secretaría Nacional de Administración de Bienes Incautados y Comisados (Senabico) no presentó fundamentos suficientes para justificar la operación solicitada.
El fallo señala que la venta anticipada no procede sin demostrar un riesgo claro de pérdida, deterioro o desvalorización de los inmuebles. También indica que no se acreditó que su conservación genere gastos desproporcionados. Según la resolución, estos requisitos son indispensables para autorizar una disposición anticipada de bienes bajo administración estatal.
Unite al canal de RDN en WhatsappLa Senabico presentó la solicitud debido a una supuesta amenaza constante de invasión por parte de grupos campesinos identificados como «sin tierra». Según lo expuesto por la titular de la institución, Teresa Rojas, estas ocupaciones ya se produjeron en ocasiones anteriores. Además, provocaron pérdidas económicas en la zona afectada y exigieron recursos humanos y financieros para restituir la posesión.
Sin embargo, la Cámara destacó que no existen elementos que indiquen un deterioro efectivo del inmueble durante estas ocupaciones. Tampoco se comprobó que los hechos alegados hayan generado una desvalorización del bien o costos extraordinarios para su mantenimiento. Por lo tanto, el Tribunal concluyó que la venta anticipada no era necesaria conforme a las normas vigentes.
Leé también: Remate de Estancia Cielo Azul: Valor disputado y deuda pendienteAdemás, la resolución sostiene que el análisis sobre eventuales riesgos futuros debe basarse en hechos comprobados. Por esta razón, consideró insuficientes las referencias a amenazas o invasiones previas que no derivaron en daños permanentes. El órgano colegiado insistió en que las medidas extraordinarias deben responder a situaciones verificadas y no a eventuales escenarios.
Por lo tanto, la Cámara ratificó íntegramente la decisión de primera instancia. Con esto, los bienes vinculados a Oliveira continuarán bajo administración de la Senabico, que deberá mantener su custodia sin disponer de ellos anticipadamente. El fallo reafirma la necesidad de justificar con precisión los pedidos de venta temprana de bienes incautados en causas relacionadas con narcotráfico y crimen organizado.
Fuente: Megacadena
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